El Comité de Bioética de la FCM está compuesto por 7 miembros titulares que aseguran una amplia cobertura del espectro interdisciplinario, y el pluralismo ideológico requerido para asegurar juicios científicamente integrados e ideológicamente objetivos. Además pueden sumarse miembros "ad hoc", de integración contingente y transitoria, obedeciendo a una especial formación o representación cultural/social, y a las particulares características del caso a tratar.
Busca propiciar el conocimiento y respeto de los principios y valores ético-científicos y sociales básicos de la bioética en el ámbito académico en general, y particularmente, en el marco de la investigación institucional.
De esta forma controlará que los proyectos de investigación sometidos a su evaluación resguarden tanto la dignidad de las personas pasivas intervinientes, como el respeto a los derechos esenciales que le son inherentes.
Sustituye art. 20 y agrega artículos quedando: Art. 20º.- PROYECTOS Y ASUNTOS AFINES: origen institucional. Art. 21º.- PROYECTO: Presentación y requisitos. Art. 22º.- PROYECTO: citación e informe. Art. 23º.- PROYECTO: resolución. Art. 24º.- DE LA RETICENCIA: consecuencias. Art. 25º.- DEBER DE INFORMAR.