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Comunican inscriptas e inscriptos a 3 concursos docentes en Anatomía normal, Cardiología y Clínica médica

Cumplido el plazo legal para el cierre de inscripciones de los concurso de antecedentes respectivos, se dan a conocer los/as postulantes inscriptos/as a los cargos concursados.

21 de mayo de 2024, 11:55.

imagen Comunican inscriptas e inscriptos a 3 concursos docentes en Anatomía normal, Cardiología y Clínica médica

El Consejo Directivo de la FCM convocó a concursos de antecedentes, títulos y oposición según regula la Resol. N° 52/2023 CD de adaptación digital de aspectos administrativos y operativos del procedimiento, y en los términos de las Ordenanzas nros. 23/2010 CS39/2010 CS y 58/2023 CS, para cubrir:

  • 1 cargo. Profesor titular. Efectivo. Dedicación Semiexclusiva. Área Cardiología
  • 1 cargo. Profesor titular. Efectivo. Dedicación Semiexclusiva. Área Anatomía normal
  • 1 cargo. Profesor adjunto. Efectivo. Dedicación Semiexclusiva. Área Anatomía normal
  • 1 cargo. Profesor titular. Efectivo. Dedicación Semiexclusiva. Área Clínica médica
  • 1 cargo. Profesor adjunto. Efectivo. Dedicación Semiexclusiva. Área Clínica médica

Las inscripciones operaron desde las 8 hs del 22 de abril de 2024 hasta las 12 hs del 20 de mayo de 2024.

Con motivo del cierre de la instancia de inscripción, Mesa de Entradas de FCM procede con lo determinado por el artículo 11° de la Ordenanza N° 23/2010 CS, que expresa que “al cierre de la inscripción se labrará el acta correspondiente con el nombre de los inscriptos en la que se indicará si los aspirantes presentaron toda la documentación requerida. Copia del acta se colocará en avisadores durante CINCO (5) días siguientes”.

A partir de su publicación, rige el Articulo 13° de la misma ordenanza, el cual menciona: “Durante los CINCO (5) días hábiles posteriores al periodo de inscripción, los docentes y ex-docentes de la Universidad y de otras universidades, los aspirantes, las asociaciones de estudiantes y graduados reconocidas y las asociaciones científicas y de profesionales, podrán ejercer el derecho de impugnar a los aspirantes inscriptos. Las impugnaciones deberán fundarse en razones de carácter moral, ético, legal, cívico, o en la actuación universitaria del impugnado”.

Actuaciones administrativas posteriores

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