El resto de las Unidades Académicas, Institutos y demás dependencias de la Universidad -conforme sus respectivas competencias y facultades- podrán dictar las normas y tomar las medidas pertinentes y/o correlativas a las dispuestas por la mencionada resolución rectoral, en los ámbitos de su jurisdicción.
Las excepciones
El Hospital Universitario, el Departamento de Asistencia Médico Social Universitaria (DAMSU), la Dirección General de Medicina del Trabajo, la Coordinación de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (CTIC), el Centro de Información y Comunicación de la Universidad Nacional de Cuyo (CICUNC) y la Coordinación de Infraestructura, Mantenimiento y Servicios (CIMS) permanecerán abiertos cumpliendo sus actividades en forma habitual a través de guardias según lo decida la autoridad competente.
Es importante destacar que en caso de estricta necesidad, durante ese período, se dispondrá la eventual apertura de estos espacios, para la realización de cualquier actividad de servicios indispensables.
La resolución Nº 904/2020-R
La norma se emitió en formato digital, hasta tanto finalice la situación de emergencia por la pandemia de COVID-19. En ese contexto, el rector de la Universidad dedica un párrafo aparte destinado al personal del rectorado y sus dependencias, al que le agradece la voluntad y el esfuerzo desplegados ante la nueva modalidad de teletrabajo, lo que permitió que la Universidad continuara funcionando normalmente en sus tareas principales.
Los interesados en conocer más sobre la resolución pueden acceder al texto completo aquí.