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UNCuyo y las disposiciones en torno a la dispensa de asistencia presencial del personal

A través de las Circulares N° 1 y 2, Rectorado dispone la posibilidad de acogerse o renunciar a la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo. Asimismo, se habilita el otrogamiento de justificaciones de inasistencia por cuidado de niños y niñas sin actividad escolar presencial.

27 de febrero de 2021, 20:59.

imagen UNCuyo y las disposiciones en torno a la dispensa de asistencia presencial del personal

A través de ambas circulares, Rectorado ordena diversas situaciones en torno a la dispensa de concurrir presencialmente a los lugares de trabajo y sus excepciones.

Las Unidades Académicas han recibido, por delegación, el poder de disponer al respecto.

El Decano posee la competencia delegada para planificar, decidir y ejecutar las acciones posibles conducentes para reanudar las actividades presenciales, pudiendo determinar, en cada caso, fechas y modalidades.

Del mismo modo, también se halla facultado para resolver las solicitudes de renuncia de la dispensa del deber de asistencia presencial al lugar de trabajo a personal mayor de 60 años y personal comprendido en los grupos de riesgo. También posee el poder de otorgar una justificación de inasistencia por parte de progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente los días que no concurran a clases presenciales o que concurran a una jornada presencial reducida.

Se invita a la atenta lectura de ambas Circulares, a fin de proceder pertinentemente. Se hallan disponibles en la sección Coronavirus FCM, cuyo banner se encuentra al frente de la web FCM.

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